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¿Es obligatorio tener socorrista en la piscina de la comunidad?

socorrista en una piscina de comunidad de vecinos

(Actualizado 7 de julio 2022)

Durante los meses de verano, una de las dudas más habituales en las comunidades de propietarios es si es obligatorio o no contratar los servicios de socorrismo en la piscina.

Por lo que respecta al reglamento de piscinas, hay controversia, dado que no existe un criterio común que establezca si las piscinas de Comunidades de Vecinos son consideradas piscinas públicas o privadas. Este factor es importante, ya que será cada Comunidad Autónoma la que disponga su propia normativa, incluso los ayuntamientos deciden sobre ello.

Recuerda que, ahora, la reciente Ley 10/2022 permite restringir el disfrute de esta instalación a los propietarios morosos. Te lo contamos en este artículo.

Por ejemplo, en Cataluña, Baleares, Castilla y León y Murcia no se consideran las piscinas comunitarias como públicas y se excluyen de sus leyes para éstas. Pero otras Autonomías se rigen por el número de viviendas para catalogarlas o no como públicas.

En Galicia, Cantabria, País Vasco, Navarra y Andalucía solo debe cumplir con la normativa de piscinas públicas las de comunidades de vecinos con más de 20 viviendas.

En Madrid, si se superan las 30 viviendas.

En la Comunidad Valenciana, están excluidas todas aquellas con un aforo inferior a 100 personas.

¿Cuándo es obligatorio contratar a un socorrista?

Aunque la normativa de piscinas regula también aforo, horarios y salubridad del agua, hoy nos centraremos en la necesidad o no de contratar un socorrista.

Y queremos recordar que aunque no sea obligatorio, sí puede ser una buena opción contratarlo durante las horas de uso de la piscina.

Te recomendamos: Todo lo que debes saber sobre la apertura de piscinas comunitarias en 2022

No existe una normativa que regule la necesidad de contratar socorrista a nivel estatal, por lo que debemos consultar la normativa de nuestra Comunidad autónoma.

Comunidad de Madrid y Socorristas

En la Comunidad de Madrid será obligatorio solo si la Comunidad de Vecinos cuenta con más de 30 viviendas.

Comunidad Valenciana y Socorristas

Por el contrario, en Cataluña o la Comunidad Valenciana, solo es obligatorio socorrista en piscinas de más de 200 metros cuadrados. Si la superficie se encuentra entre los 200 y 500 metros cuadrados, será necesario la contratación de al menos un socorrista. En caso de que esté comprendida entre los 500 y 1.000 metros cuadrados, sería necesario como mínimo dos socorristas. Y a partir de 1.000 metros cuadrados, por cada 500 metros adicionales será necesaria la contratación de un socorrista más.

Andalucía y necesidad de contratar socorrista

De idéntica manera, en Andalucía, en piscinas cuya superficie de lámina de agua sea de 200 metros cuadrados o superior será obligatorio un socorrista. Dos socorristas en las instalaciones con una lámina de agua comprendida entre los 500 y los 1.000 metros cuadrados, y uno más por cada vaso o fracción de 500 metros cuadrados.

Murcia y Socorristas

En Murcia, será obligatoria la presencia de un socorrista en piscinas pertenecientes a comunidades de vecinos que cuenten con una superficie igual o inferior a 250 metros cuadrados. Además, deberá haber un socorrista adicional por cada 500 metros cuadrados de superficie de baño.

Contar con un socorrista durante el verano será la mejor decisión para tu Comunidad de Vecinos. Aunque desde luego, no siempre es obligatorio.

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