En España ya hay más hogares con perros que con niños. En nuestro país viven 6.265.153 niños menores de 14 años mientras que el número de canes registrados supera los 7 millones, según la Red Española de Identificación de Animales de Compañía (REIAC). Y es que en las últimas décadas los perros han pasado a convertirse en compañeros de vida y parte de la familia.
Estos peludos amigos, en ocasiones, generan problemas de convivencia en las Comunidades de Propietarios. Puede haber algún vecino que le moleste los olores, los ruidos por ladridos o simplemente que les asuste cruzarse con ellos en las zonas comunes. Las mascotas exigen un compromiso para cuidarse y para evitar que causen molestias. El administrador es el responsable de mediar entre cualquier tipo de conflicto que surja. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre las mascotas en la Comunidad de Propietarios y qué dice la ley de Propiedad Horizontal al respecto.
Índice de contenidos
- 1 ¿Existe una regulación sobre mascotas?
- 2 ¿Se pueden prohibir animales domésticos en la Comunidad?
- 3 Obligaciones de los propietarios
- 4 ¿Qué puede prohibir la Comunidad de vecinos?
- 5 Problemas con ladridos continuados
- 6 ¿Pueden mis mascotas usar los parques y jardines comunitarios?
- 7 ¿Es posible que mis vecinos impidan que mi perro use el ascensor?
- 8 ¿Cuántas mascotas puedo tener en mi vivienda?
- 9 ¿Qué dicen las ordenanzas municipales sobre las mascotas?
- 10 Recomendaciones para una buena convivencia
- 11 El papel del administrador de fincas en el descanso vecinal
¿Existe una regulación sobre mascotas?
Sí, hay varias leyes y normativas relevantes. En primer lugar, está la Ley 17/2021, que es la ley que regula el estatus legal de los animales y fue aprobada en 2021. Además, cada Ayuntamiento tiene sus propias ordenanzas relacionadas con el ruido y la tenencia de animales domésticos, que discutiremos más adelante. Por último, se encuentra la Ley 7/2023 de Bienestar Animal. Esta última ley establece un conjunto básico de reglas, considerado como un punto de partida mínimo, que puede ser ampliado por los Ayuntamientos a través de sus propias ordenanzas locales. En resumen, si una ordenanza local es más estricta que la ley general, prevalecerá la ordenanza local.
En cuanto a la Ley de Propiedad Horizontal, deberemos remitirnos al artículo 7 de la LPH que recoge un apartado donde se contemplan todas las actividades que puedan ser molestas, insalubres o peligrosas. En esta Ley se desarrollan los derechos y deberes de los miembros de la comunidad de vecinos.
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En este sentido, esta ley es muy útil cuando hay perros que hacen ruido por los ladridos constantes, o cuando hay propietarios que dejan los excrementos sueltos por las zonas comunes, pudiendo ocasionar un foco de infección. Al no garantizarse las medidas de higiene o seguridad en la Comunidad, se podría tomar medidas.
¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre los perros en las comunidades de vecinos?
La Ley de Propiedad Horizontal no establece ninguna normativa específica en lo relativo a la tenencia de animales de compañía en las comunidades de vecinos.
Sin embargo, sí que fija la obligación, para todos los propietarios, de hacer un uso adecuado de todas las instalaciones y espacios de uso común, evitando causar cualquier tipo de molestia o perjuicio al resto de habitantes de la comunidad.
Por tanto, si vives en una comunidad de vecinos, podrás tener un perro o cualquier otra mascota siempre y cuando te asegures de que no causa ninguna molestia a tus vecinos.
Esto puede cambiar en el caso de que vivas en régimen de alquiler, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos, que es el documento que regula las normas relativas a alquileres en nuestro país, establece que sean los propietarios del inmueble arrendado quienes decidan si permiten o no la tenencia de mascotas en el piso por parte del arrendatario.
Así pues, en líneas generales, se puede afirmar que la ley deja en manos de cada comunidad de vecinos la aplicación de estatutos comunitarios específicos para el uso y disfrute de sus zonas comunes, pero dichas normas no pueden aplicarse en ningún caso al ámbito privado de los propietarios.
¿Se pueden prohibir animales domésticos en la Comunidad?
No. No se puede prohibir las mascotas en la Comunidad de Vecinos, a excepción de los pisos de alquiler, tal y como te hemos explicado antes.
Sin embargo, se pueden recoger una serie de normas dentro de los Estatutos de la Comunidad, que regule el comportamiento animal y limitar el uso de las zonas comunes.
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Obligaciones de los propietarios
Como dueño responsable de una mascota, es fundamental entender y cumplir con ciertas obligaciones de los propietarios para garantizar la convivencia armoniosa en tu comunidad. Estas responsabilidades van más allá de simplemente cuidar a tu compañero peludo; también tienen un impacto directo en la calidad de vida de tus vecinos y en la seguridad de tu mascota.
- Evitar que ladre mucho
- Limpiar si hace sus necesidades en las zonas comunes
- Tratar de que no se acerque a vecinos si le puede causar miedo
¿Qué puede prohibir la Comunidad de vecinos?
En el contexto de la vida en comunidad, es esencial conocer las restricciones que la Comunidad de vecinos puede imponer en relación con las mascotas. Estas normativas tienen como objetivo mantener un ambiente seguro y armonioso para todos los residentes. En esta sección, exploraremos las prohibiciones más comunes que una Comunidad de vecinos puede aplicar a las mascotas, ofreciéndote una visión clara de tus responsabilidades como dueño en un entorno compartido
Las prohibiciones más comunes serían:
- Prohibición de hacer sus necesidades en zonas comunes.
- Prohibición de llevar al perro sin correa dentro del espacio común.
- Limitar el uso del ascensor, aunque por ley no se puede prohibir.
Problemas con ladridos continuados
Son uno de los problemas que más perturban a los vecinos y por lo que más se denuncia. En muchas ocasiones, el dueño ni siquiera es consciente de esto, ya que el perro ladra por ansiedad a la separación, y lo hace cuando se queda solo.
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¿Qué puedo hacer si el perro del vecino no deja de ladrar?
- Hablar hace magia. Como toda persona sensata, lo habitual es que hables de forma amistosa con el dueño del animal para contarle lo sucedido y trate de poner remedio.
- Acudir al Presidente de la Comunidad. Si no fuese posible el entendimiento, déjalo en manos del Presidente de la Comunidad, que será quién se encargue de hablar nuevamente con el dueño.
- Llamar a la policía. Dejando a un lado la vía judicial se puede llamar directamente a la policía que constatará si el ruido es denunciable y pasa los límites permitidos.
- Cese de actos nocivos para la Comunidad. Para solicitar el cese has de preparar un escrito dirigido al dueño donde se recoja la situación y las consecuencias nocivas que está provocando. El escrito debe estar firmado por la mayoría de los vecinos de la Comunidad y el presidente, como representante legal.
- Acción judicial por cesación. Si se diese el caso, y llegas a este punto, debes saber que la Ley de Propiedad Horizontal ampara a las Comunidades, en estos casos, llegando a establecerse indemnizaciones por daños y perjuicios. Para presentar una acción judicial, el administrador deberá, primero, convocar una reunión para clarificar las medidas a emprender y ser aprobada en junta.
¿Pueden mis mascotas usar los parques y jardines comunitarios?
En la mayoría de las comunidades, los perros deben estar siempre bajo control y con correa en los parques y jardines. Algunos lugares pueden tener áreas específicas donde los perros pueden estar sueltos, pero es importante verificar las normas específicas de tu comunidad.
¿Es posible que mis vecinos impidan que mi perro use el ascensor?
Sí, en algunos casos, si los vecinos lo solicitan, los perros pueden tener restricciones para usar el ascensor. Sin embargo, los perros guía tienen derecho a acceder a todas las áreas sin restricciones.
¿Cuántas mascotas puedo tener en mi vivienda?
El número máximo de mascotas permitidas puede variar según la comunidad autónoma. Por ejemplo, en Madrid y Valencia, el límite general es de cinco mascotas por vivienda. Sin embargo, las comunidades de propietarios pueden establecer sus propios límites
¿Qué dicen las ordenanzas municipales sobre las mascotas?
Te conviene conocer qué dicen algunas ordenanzas municipales sobre las mascotas en comunidades para evitar problemas o para saber cómo resolver un conflicto con tus vecinos.
Todas coinciden en la responsabilidad del propietario sobre las molestias y daños que el animal pudiera causar, así como en la obligatoriedad de recoger los excrementos. También en que los perros deben ir con correa y, si son considerados peligrosos, con bozal. Sin embargo, algunas resuelven más dudas que otras.
Mascotas en la Comunidad de Madrid
La Ley de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid establece que:
- Se permite un máximo de 5 animales domésticos.
- Se prohíbe tenerlos en patios o terrazas durante la noche.
- Pueden transitar por zonas comunes, pero no permanecer en ellas.
- Pueden usar el ascensor, siempre con permiso del resto de los usuarios en cabina; si se trata de perros guía, no será necesaria tal autorización.
Mascotas en la Comunidad Valenciana
La Comunidad Valenciana se alinea con la nueva Ley de Bienestar Animal y legisla en su ámbito en función de lo aprobado a nivel nacional con la Ley 2/2023 de Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía y otras medidas de bienestar animal. Esta ley anula todas las normativas de igual o menor jerarquía que estén en conflicto con lo establecido en esta ley.
Resumimos alguno de los puntos que afectan a las Comunidades de Propietarios.
- Colonias felinas: La ley obliga a los ayuntamientos a gestionar las colonias felinas de manera integral, incluyendo esterilización y cuidados. Los propietarios deben colaborar en esta gestión ética, con medidas de mediación y realojo si es necesario.
- Recogida de excrementos: No retirar los excrementos ni limpiar de inmediato aceras, paseos, jardines y espacios comunes se considera una falta leve.
- Número de mascotas en el domicilio: El número de mascotas permitido en un domicilio estará condicionado por las características de la vivienda, las necesidades de los animales y las ordenanzas municipales. Tener más animales de los permitidos en un mismo domicilio constituye una falta leve
Las infracciones leves que hemos comentado pueden ser sancionadas con multas que oscilan entre 100 y 3.000 euros.
Compartimos contigo las Ordenanzas Municipales de Alicante y Castellón
Mascotas en Málaga
La Ordenanza Municipal de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de los Animales de Málaga coincide, como la de Madrid, en limitar a 5 los perros o gatos por vivienda y en prohibir su tenencia en patios o terrazas por la noche.
Otros puntos destacables:
- Están prohibidos los ruidos molestos, especialmente entre las 22 y las 8 horas.
- El poseedor de un animal de compañía deberá respetar y atenerse a lo que establezcan las normas de convivencia y régimen interior de la comunidad en la que resida.
Mascotas en Granada
En cuanto a la Ordenanza Municipal de Granada, aparte de prohibir su tenencia habitual en balcones, terrazas o patios interiores, fija un límite a considerar:
- Como máximo se pueden alojar 3 perros en una misma vivienda particular, sin que computen los cachorros durante el periodo de cría.
Mascotas en Bilbao
La Ordenanza Municipal de Bilbao no limita la tenencia a un número determinado, sino que la vincula a la ausencia de molestias o peligros objetivos para los propios animales y las personas.
- Se prohíbe tenerlos permanentemente en balcones, sótanos, azoteas o jardines cuando ocasionen molestias a los vecinos o transeúntes.
- Si otras personas así lo exigen, el uso de elevadores se hará sin coincidir con ellas.
- No se permite dejar solos a los perros durante más de 3 días seguidos.
Mascotas en Murcia
La Ordenanza sobre Protección y Tenencia de Animales de Murcia no es demasiado concreta, pero apunta a unas condiciones higiénico-sanitarias óptimas, a la ausencia de riesgos sanitarios y a la inexistencia de molestias y peligro para los vecinos.
No todas las ordenanzas expuestas entran al detalle en asuntos relacionados con la convivencia de mascotas en comunidades de vecinos. Debes prestar atención a la que te corresponda según tu zona de residencia y a la propia regulación interna de tu comunidad.
Recomendaciones para una buena convivencia
- Revisa los estatutos de tu comunidad para conocer las normas específicas.
- Mantén a tu mascota controlada y respetuosa en las zonas comunes.
- Limpia siempre después de tu mascota y mantén las áreas comunes en buen estado.
- Habla con tus vecinos y la administración para resolver cualquier conflicto de manera amigable.
- Asegúrate de que tu mascota esté bien entrenada para evitar comportamientos problemáticos.
El papel del administrador de fincas en el descanso vecinal
La labor del administrador va más allá de gestionar y administrar la finca, también es el encargado de mediar entre los conflictos, que pueden surgir entre vecinos. Por ello es importante que cuentes siempre con tu administrador de fincas para llevar una convivencia lo más agradable posible.
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