¿Qué es y cómo funciona el seguro del alquiler?

contratar seguro de alquiler

Tener un inmueble supone una gran inversión. Cuando decides alquilarlo estás asumiendo un riesgo, ya que puede ser que el inquilino te deje de pagar. Para evitar problemas y cubrir los posibles riesgos existe la opción de contratar un seguro de alquiler de vivienda. A continuación te vamos a detallar en qué consiste exactamente así como todas sus particularidades.

¿Qué es y cómo funciona el seguro de alquiler?

Un seguro de alquiler de vivienda consiste básicamente en una póliza en la que se asegura al arrendador de una vivienda. Será la compañía aseguradora la que cargará con los gastos ocasionados por el impago del inquilino así como posibles desperfectos. Por otra parte, también ofrecerá asesoramiento jurídico en caso de tener que tramitar por la vía judicial dichos impagos.

Además del impago del alquiler y defensa jurídica, también puede cubrir los robos y desperfectos ocasionados en la vivienda. Todo dependerá del grado de cobertura que contrates.

Una de las mayores dudas que existe, es si es necesario contratar este tipo de seguro. Legalmente, no es obligatorio tener que contratarlo. Si no lo tienes no pasa nada. No es una condición necesaria para poder alquilar una vivienda.

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Para poder contratarlo puedes contactar con diferentes compañías aseguradoras. En la actualidad existen diferentes tipos de seguros y coberturas. En caso de que tu alquiler te lo tramite un administrador de fincas, puedes hablar con él para que busque la opción que mejor se adapte a tus necesidades. En Mediterráneo contamos con nuestra correduría SECURME, donde encontrarás el mejor seguro para particulares y comunidades.

Beneficios de tener un seguro de alquiler

Tener contratado este tipo de seguro te aporta una serie de beneficios. Estos son algunos de los más destacados:

  • Los pagos están asegurados. Si el inquilino te deja de pagar, la compañía aseguradora te seguirá pagando las rentas del alquiler. Una de las mayores problemáticas del alquiler de viviendas son los impagos. Esto te puede ocasionar graves problemas, ya que tienes que seguir asumiendo los gastos de la vivienda como los impuestos. En cambio, no recibes dinero alguno para sufragarlos.
  • Supone un ahorro económico. Puede que te encuentres con inquilinos que además de no pagar ocasionen desperfectos en la vivienda. En este caso vas a tener que asumir los costes de reparación de los daños. Dependiendo de su magnitud pueden llegar a ser considerables y de un elevado precio. Con tu seguro es la compañía la que te cubre el coste de todos los daños.
  • Comodidad y tranquilidad. Tomar acciones legales contra un inquilino que no paga requiere de una serie de trámites. Para poderlos efectuar es necesario contar con los servicios de un abogado. En este caso, es la propia aseguradora quien se encarga de ejecutar todas las acciones necesarias. Esto te supone un ahorro de tiempo y de quebraderos de cabeza importante.
  • Te aporta seguridad. Normalmente, la compañía de seguros analiza el historial del inquilino antes de contratar el producto. Esto es una gran ventaja, ya que en caso de que la persona tenga un mal historial puedes optar por no alquilarle la vivienda. De esta manera te ahorras problemas.

¿Cuánto cuesta un seguro de alquiler de vivienda?

No hay un precio objetivo sobre este tipo de seguro. Esto es debido a que hay una gran cantidad de aseguradoras así como de coberturas. Esto hace que el precio de una a otra pueda variar considerablemente. No obstante, lo más habitual es que el coste ronde entre el 3 % y el 5 % de la renta anual.

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Ten en cuenta que cuantas más coberturas contrates más te costará la prima del seguro. Valora tus necesidades y lo que te ofrece cada cobertura para escoger la que mejor se adapte a tus necesidades.

En caso de que el inquilino abandone la vivienda de mutuo acuerdo con el arrendatario mientras el seguro tenga vigencia, el seguro sigue vigente. Como ha dejado de existir el riesgo asegurado puedes recuperar el importe no consumido de la prima. Debes solicitarlo a la compañía aseguradora, que procederá a pagarte la parte que te corresponda.

¿Quién tiene que pagar el seguro de impago de alquiler?

Muchos propietarios y arrendadores tienen la pregunta sobre a quién corresponde pagar la prima. No hay ninguna ley que especifique el tema. Normalmente, es el propietario la persona que paga el seguro de alquiler de vivienda. Esto es así debido a que es quien realiza la contratación y será el beneficiado

Hay compañías que ofrecen la posibilidad de proteger tanto al propietario como al inquilino. En este caso se puede llegar a un acuerdo y compartir los gastos entre los dos. No obstante, normalmente, las aseguradoras cargan los importes de las primas en una cuenta en la que el titular sea el propietario de la vivienda. Esto es debido a que en caso de impago del alquiler por parte del inquilino, también puede dejar de abonar la cuota del seguro. Por tanto, dejaría de tener validez y el propietario quedaría descubierto.

¿Cuánto tarda un seguro de impago de alquiler?

El seguro tiene validez una vez ha sido contratado y se ha efectuado el pago de las primas correspondientes. A partir de este momento ya estarás cubierto ante todas las eventualidades que hayas contratado.

En caso de que tu inquilino te deje de pagar es necesario que te pongas en contacto de manera inmediata con la aseguradora. Puede ser que la cosa solo sea puntual y, por tanto, todo quede en nada. También se puede dar el caso de que el inquilino decida ya no pagar más.

Aquí la compañía deberá de tomar las medidas legales necesarias. En casos extremos puede que incluso se tenga que recurrir a los juzgados y solicitar el desahucio del inquilino.

Ten en cuenta que para poder recibir el abono de las rentas no pagadas es necesario que haya una resolución jurídica. Esto es debido a que hay que demostrar la morosidad del inquilino. No obstante, puedes hablar con la compañía aseguradora para solicitar un adelanto de dichas cantidades.

Como se puede ver, un seguro de alquiler de vivienda es una opción que hay que valorar a la hora de arrendar nuestro inmueble.

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