Gastos de comunidad en un alquiler. ¿Quién los paga?

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Cuando hablamos de alquileres, siempre existen muchas dudas al respecto: ya sea desde quién debe ocuparse de los desperfectos a quién debe costear los suministros. En este caso, desde Mediterráneo incidiremos en los gastos comunidad alquiler. A lo largo de este artículo, te explicaremos qué son exactamente los gastos de comunidad y qué tipos hay. También te contaremos quién debe costear estos gastos cuando la vivienda se encuentra en alquiler, entre muchos otros detalles. ¡Empezamos!

¿Qué se considera gastos de comunidad?

Los gastos de comunidad son aquellos dirigidos al mantenimiento del edificio, en aspectos como el mantenimiento de los ascensores, el servicio de limpieza, los impuestos municipales o las reformas. Son obligatorios por ley, por lo que todo propietario de vivienda debe hacerse cargo de ellos. Existen dos tipos de gastos de comunidad, que veremos a continuación. Mediante estos gastos se garantiza que la comunidad de vecinos mantendrá el edificio y zonas comunes en buen estado. La cuantía a pagar para este fin variará dependiendo, entre otras cosas, de los elementos comunes que tenga el inmueble.

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Gastos de comunidad ordinarios o generales

Se trata de los más comunes. Este tipo de gastos cubren las necesidades básicas del edificio y se contemplan en el presupuesto anual. Se reparten entre todos los propietarios, siempre teniendo en cuenta su participación en el edificio. Si no utilizas las instalaciones ni las áreas comunes, tendrás que pagar igualmente. Todos los propietarios están obligados a cumplir con todos los pagos. Son aquellos que provienen del mantenimiento y las reparaciones del edificio. Estos se contemplan en una junta ordinaria donde deben participar todos los propietarios y deciden la cuota a pagar mensualmente. Estos incluyen:

  • Obras para la conservación del edificio.
  • Mantenimiento de las instalaciones comunes (como tejados y calderas).
  • Mantenimiento de los servicios (como la limpieza, el ascensor, los suministros, el conserje o las zonas compartidas).
  • Fondo de reserva (sirve para cubrir posibles derramas. Tiene que superar el 10 % del último presupuesto ordinario).
  • Gastos municipales (como el vado o la recogida de basura).

Gastos de comunidad extraordinarios

Se trata de los gastos equivalentes a derramas o imprevistos, por lo que no se contemplan en el presupuesto anual. Cuando se producen, se suele convocar una junta de propietarios extraordinaria, en la que se decide una solución respecto al problema.

¿Quién debe pagar los gastos de comunidad?

Como has visto, los gastos de comunidad siempre pertenecen al propietario de la vivienda. Aunque, si el piso está alquilado y en el contrato se especifica de manera muy concreta lo contrario, deberá hacerse cargo el inquilino. Para ello, debe estipularse el importe anual de gastos de la comunidad y acordarse la subida. Si no es así, por defecto y por ley, es el propietario el que debe hacerse cargo.

Estos gastos se reparten según la cuota de participación, establecida esta última por la Ley 49/1960 sobre propiedad horizontal. Dicha cuota de participación va en relación con el total del valor del inmueble, determinando “la participación en cargas y beneficios por razón de la comunidad”. Recuerda que este pago siempre estará repartido en mensualidades.

Gastos que no se consideran costes de comunidad

Existen otros muchos gastos a los que el propietario debe hacer frente, pero que no se consideran gastos de comunidad. Estos pueden ser los desperfectos dentro de la vivienda, el seguro del hogar, la alarma (en caso de haber) o el alta de los suministros, por ejemplo. También entran en esta lista algunos gastos individuales como pequeñas averías o la tasa de basura. No nos podemos olvidar del IBI, que es un impuesto a la propiedad de bienes inmuebles. Se trata de una tasa anual.

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Gastos que debe pagar el inquilino

Si tenemos nuestra vivienda en alquiler, hay ciertos gastos de los que debe hacerse cargo el inquilino. Estos son, si no se ha pactado algo distinto en el contrato, el coste de los suministros y las diferentes averías y desperfectos, tanto causados por el uso cotidiano del inquilino como de daños mayores provocados por él o sus visitas. También le corresponde hacerse cargo de la diferencia anual en el IPC, por lo que es posible que el precio de su contrato se vea ligeramente incrementado al acabar el año.

¿Quién paga los gastos de la comunidad en un alquiler temporal?

Como ya hemos dicho, el propietario es el que debe hacerse cargo de los gastos de comunidad, a no ser que se exponga lo contrario en el contrato de alquiler. En los casos de alquiler temporal, esto último es más flexible, existe una mayor libertad de pacto entre inquilino y propietario. Desde Mediterráneo te recomendamos que negocies con tu inquilino y ambos lleguéis a un punto medio en el que ambas partes salgáis ganando. Eso sí, ten en cuenta que, en caso de incluir los gastos de comunidad en el contrato de alquiler, las derramas quedan excluidas.

A modo de cierre, vamos a resumir lo más importante. Los gastos de comunidad son aquellos dirigidos al mantenimiento del edificio y pueden ser de dos tipos: ordinarios o extraordinarios, según si están recogidos en el presupuesto anual o no. Respecto a los gastos de comunidad, cuando una vivienda está en alquiler, suelen estar a cargo del propietario. Pero si está acordado expresamente en el contrato, deberá hacerse cargo el inquilino. Recuerda que si se trata de gastos comunidad alquiler temporal, hay aún más flexibilidad al respecto.

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