(Actualizada 11 de noviembre de 2022)
El acta de la comunidad de propietarios es el documento oficial donde quedan reflejados los acuerdos y decisiones que la comunidad de vecinos va adoptando. De hecho, la ley obliga a que las resoluciones fijadas por la Junta queden plasmadas en un documento que después pasará a formar parte del “libro de actas”. Pero, ¿Qué ocurre cuando no se está de acuerdo con el contenido de un acta de comunidad de propietarios? ¿Puedo impugnarla? Te lo contamos todo en este artículo.
Índice de contenidos
- 1 ¿Qué es la impugnación de los acuerdos y acta de la comunidad de propietarios?
- 2 ¿Es posible Impugnar un acta de comunidad de propietarios sin abogado?
- 3 ¿Cómo puedo impugnar el acta de la Comunidad de Propietarios?
- 4 Plazos y tiempo para impugnar un acta
- 5 Modelo para impugnar un acta de Comunidad de Propietarios
¿Qué es la impugnación de los acuerdos y acta de la comunidad de propietarios?
Lo primero que hay que dejar claro es que no es lo mismo impugnar un acta de la comunidad que impugnar un acuerdo de la comunidad de propietarios. Mientras que el acta de la comunidad es un documento legal a través del cual la Ley de Propiedad Horizontal puede demostrar todas las decisiones tomadas por los vecinos. Los acuerdos de la comunidad de propietarios, por su lado, son la expresión de la voluntad de la comunidad en la Junta, se reflejen o no en el acta.
Por lo tanto, impugnar un acta de la comunidad de propietarios consiste en oponerse a uno a varios de los acuerdos votados y aprobados por los asistentes cuando:
- Sean contrarios a la ley o los estatutos de la comunidad.
- Resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad y en beneficio de uno o varios propietarios.
- Supongan un importante perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado los acuerdos con abuso de derecho.
- Se estime que el acta tiene de errores que se puedan solucionar, se pedirá la rectificación del acta antes de la siguiente reunión de la junta.
Te recomendamos: Acuerdos por unanimidad. Mayoría simple o cualificada. Qué es y cuándo se usa.
¿Es posible Impugnar un acta de comunidad de propietarios sin abogado?
La impugnación de un acta sin abogados no es posible. Sin embargo, se puede pedir una subsanación del acta, para ello es necesario dirigir al Secretario de la Comunidad un escrito en el que indique cuáles son en tu opinión los errores que se incluyen en el documento y deberían ser subsanados. Cuantos más vecinos apoyen dicho escrito, mejor para la impugnación del acta. Al contrario que una impugnación, una subsanación es un error en el acta como puede ser que esté mal puesto el coeficiente, el nombre de algún propietario o algo de este estilo.
Además, para impugnar los acuerdos del acta es necesario que el propietario esté al corriente en la totalidad de las deudas vencidas con la Comunidad de Propietarios. De lo contrario, solo podrá impugnar el acta si previamente ha depositado su importe en el Juzgado y puesto a disposición de la Comunidad de vecinos.
Cuando el escrito al Secretario no surte efecto, la redacción del acta de la junta se puede someter a votación al inicio de la junta siguiente. Como último recurso para la impugnación de este documento solo quedaría acudir a los Tribunales.
¿Cómo puedo impugnar el acta de la Comunidad de Propietarios?
Lo primero que debes saber es que tienes tres meses para hacerlo desde la adopción del acuerdo. Este plazo se amplía a un año si se trata de un acto contrario a la ley o a los estatutos. También es fundamental que estés al corriente en el pago de las cuotas de la comunidad.
Para impugnar el acta, debes dirigirte al administrador de la comunidad mediante un escrito. Deben señalarse los errores que se han cometido en la misma. Si se niega a atenderte, podrás volver a impugnarla cuando en la siguiente junta se someta a votación el acta de la anterior. En última instancia, deberás acudir a los Tribunales aportando pruebas de lo ocurrido.
Las personas que están legitimadas para la impugnación de un acta de propietarios son:
- Aquellos que hubiesen salvado su voto en la junta. Es decir, salvar el voto consiste en hacer constar en el acta de la comunidad que uno no está conforme con el acuerdo aprobado y, por lo tanto, vota en contra. En el caso de no haber salvado nuestro voto, la demanda no será admitida a trámite o bien será desestimada.
- Los propietarios ausentes a la reunión en un plazo de 30 días desde la notificación del acta.
- Los vecinos que indebidamente hayan sido privados de su derecho a voto.
Te recomendamos: Cuándo y cómo delegar el voto en la Junta de Vecinos
Plazos y tiempo para impugnar un acta
La acción de impugnación del acta de una comunidad de propietarios tiene un plazo de caducidad de 3 meses desde el momento en el que fue adoptado el acuerdo por la junta. Sin embargo, en actos contrarios a la ley o a los estatutos este periodo de tiempo se amplía a un año. Finalmente, los vecinos que no hayan podido asistir a dicha junta tendrán de plazo desde el momento en que tienen conocimiento de lo sucedido.
Precios
Las tasas judiciales de la impugnación de un acta de comunidad constan de una cantidad fija, unos 300 euros, y una variable del 0,5 %. Si eres una persona física, no deberás asumir estos pagos.
Modelo para impugnar un acta de Comunidad de Propietarios
No existe un modelo. La única impugnación válida es la interposición de demanda en el Juzgado competente a través del abogado.
DESCARGA GRATIS EL MANUAL DEL PRESIDENTE
Una herramienta sencilla con todas las claves para ser un buen Presidente de tu Comunidad