Tras el Real Decreto-ley 3/202, la nueva Ley de Distribución de Seguros ya es una realidad. La manera de entender la venta de seguros en España ha cambiado y todos los mediadores en el sector hemos tenido que adaptarnos a las novedades y cambios.
Los corredores, mediadores y colaboradores de seguros han sido los más afectados por el cambio de ley y no cumplir con los nuevos requisitos puede generar sanciones importantes, como el cese de actividad o multas económicas muy elevadas. Hoy te hablamos de las modificaciones más destacadas.
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¿Cuál es el principal objetivo de este cambio de Ley?
El objetivo principal de la nueva Ley de Distribución de Seguros es fomentar la transparencia en el sector y garantizar una mayor protección al consumidor. Además, se busca mejorar la competencia y la eficiencia en la distribución de seguros.
La nueva Ley supone un cambio en la forma en que se regulan los seguros en España y se alinea con la normativa europea, proporcionando un marco regulatorio más coherente y armonizado.
Más transparencia para el sector
Uno de los cambios más importantes de la nueva ley de distribución de seguros es la exigencia de una mayor transparencia en la información proporcionada a los clientes. Las aseguradoras, distribuidores y colaboradores deben informar claramente sobre las características, costes y riesgos de los productos y servicios de seguros, así como sobre su propia remuneración y posibles conflictos de interés. Esto permite a los clientes tomar decisiones más informadas y reducir el riesgo de malentendidos o malas prácticas en la venta de seguros.
La transparencia mejora la confianza del consumidor y la calidad de los productos y servicios de seguros.
Cambios en la formación para los distribuidores
Se establecen requisitos más estrictos de formación para los distribuidores de seguros. El objetivo de esta medida es mejorar la calidad de los servicios y la protección del consumidor.
Los grupos formativos A, B y C pasan a denominarse niveles 1, 2 y 3. En función de cada nivel, los profesionales de la mediación de seguros estarán obligados a realizar una formación previa de entre 150 y 300 horas. Tras obtener esta formación tendrán que realizar una formación anual que llevará entre 15 y 20 horas.
Las personas que tienen obligación de formarse para participar en la mediación de seguros son denominados personal relevante y son las siguientes:
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- responsables
- empleados
- colaboradores externos
- otras personas que participen en la distribución de seguros
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También se hace distinción en función del puesto que desempeñen, por ejemplo, si asesoran o si no asesoran (solo informan).
¿Y quiénes son el “personal relevante” en cada caso?
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- En entidades aseguradoras (y reaseguradoras):
- responsable de distribución,
- o personas del órgano de dirección.
- En mediadores de seguros:
- responsable de distribución,
- o personas del órgano de dirección.
- En colaboradores externos:
- responsable de distribución, o personas del órgano de dirección
- En entidades aseguradoras (y reaseguradoras):
Es importante cumplir con los nuevos requisitos de formación y capacitación además de mantener sus licencias actualizadas para poder evitar posibles sanciones.
Régimen sancionador
Un aspecto importante de la nueva ley es el régimen sancionador, el cual se vuelve mucho más riguroso para aquellos que no cumplen con las normas y regulaciones establecidas.
Las infracciones de normas reguladoras de la distribución de seguros se clasifican en muy graves, graves y leves. Según tipo de infracción se aplicará la correspondiente sanción.
Las sanciones pueden incluir multas, la suspensión o revocación de licencias y la publicación de la infracción en el Registro de Distribuidores de Seguros.
Estas medidas tienen como objetivo disuadir a los distribuidores de seguros de actuar de forma incorrecta y promover el cumplimiento de las normas y regulaciones. Lo cual es crucial para mantener la reputación y credibilidad de la industria y mejorar la confianza del consumidor.
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