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¿Se pueden hacer barbacoas en la comunidad de vecinos?

Uso barbacoa en la Comunidad de Propietarios

Con la llegada del calor y el buen tiempo, las barbacoas al aire libre se convierten en la excusa perfecta para reuniones familiares y con amigos. Sin embargo su realización ya sea en el jardín privado o en áreas comunes de la comunidad, puede ser fuente de conflictos.

En este artículo, exploraremos las regulaciones y consejos prácticos, con base en la legislación actual, para realizar barbacoas en comunidades de vecinos sin infringir normas ni causar molestias. Abordaremos las normativas específicas que cada comunidad puede tener, y cómo afectan a tu derecho de disfrutar con actividades al aire libre.

Ley de Propiedad Horizontal sobre realización de barbacoas

Primero de todo debes saber que no hay una ley específica que prohíba el uso de las barbacoas (excepto en la Comunidad de Madrid) a no ser que esté regulado en los Estatutos de la comunidad de propietarios. No obstante, en la Ley de Propiedad Horizontal, en el artículo 7.2, hay una prohibición de actividades molestas o insalubres en las que pueden incluirse las barbacoas. Dice así:

Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

Por lo tanto, por regla general realizar una barbacoa en un jardín privado o en una zona común de la urbanización no debe suponer ningún problema, siempre que no genere molestias a la convivencia normal de la comunidad y se haga de forma razonable. 

Barbacoas en zonas comunes

Si en los Estatutos no hay prohibición expresa, los vecinos podréis disfrutar de una barbacoa, sin problema.

En algunos casos, los Estatutos de la comunidad pueden incluir reglas específicas, como por ejemplo la prohibición de utilizar ciertos tipos de combustibles o la limitación de los horarios permitidos para su uso. En otros casos, la comunidad puede decidir establecer reglas temporales, como limitar el número de veces que se pueden utilizar la barbacoa o requerir que se haga una reserva previa.

Medidas de seguridad

Si la comunidad permite el uso de barbacoas en las zonas comunes, es importante tomar medidas de seguridad para minimizar el riesgo de incendios y lesiones. Esto incluye mantener una distancia segura entre la barbacoa y otros objetos, como muebles y plantas, y asegurarse de que la barbacoa esté colocada sobre una superficie estable y resistente al fuego.

Barbacoas en terrazas privadas y patios interiores

Las barbacoas en terrazas privadas y patios interiores en las comunidades de vecinos pueden ser una actividad muy agradable y social para los residentes que participan en ellas. Sin embargo, su realización puede estar sujeta a ciertas limitaciones y reglamentos.

Primero de todo debes comprobar:

  • Si hay reglas específicas que pueden incluir restricciones sobre el tipo de combustible que se puede utilizar o el horario permitido para su uso.
  • Los Estatutos de la comunidad y las regulaciones existentes antes de planificar cualquier actividad de barbacoa

Hay que tener en cuenta el humo que se produce al realizar una barbacoa, especialmente si se encuentra en una terraza o patio interior, donde puede ser más difícil de dispersar. Para evitar molestias a los vecinos, es importante mantener la barbacoa alejada de las áreas comunes y cercanas a las ventanas de otros residentes.

Te recomendamos: ¿Cuál es el horario permitido para hacer ruido en casa?

¿Qué tipo de barbacoa es más segura y aceptada?
No todas las barbacoas generan el mismo nivel de molestias ni presentan el mismo riesgo. Aquí algunas diferencias:

  • Eléctricas. Son las más seguras y menos molestas. Apenas generan humo y son ideales para terrazas o espacios cerrados.
  • De gas. También son limpias y de fácil control, pero requieren buen mantenimiento.
  • De carbón o leña. Son las que más humo y olores provocan. Pueden estar restringidas o prohibidas en muchas comunidades, especialmente en zonas urbanas o con riesgo de incendio.

En cualquier caso, es aconsejable optar por modelos con sistemas de extracción de humo y situarlas alejadas de elementos inflamables.

¿Qué hacer si un vecino no respeta las normas?

  1. Hablar con él de forma cordial.
  2. Comunicar el problema al administrador de fincas.
  3. Solicitar que se trate en la próxima Junta.
  4. Si persiste el conflicto, puede recurrirse a la mediación o incluso a acciones legales.

Responsabilidad civil y posibles sanciones

El propietario que hace uso de una barbacoa es responsable de cualquier daño que se pueda producir, tanto en su vivienda como en zonas comunes o viviendas colindantes. En caso de incendio o daño por humo, será él quien deba asumir los costes, salvo que se demuestre que ha sido por una causa externa o ajena.

Además, si el uso de la barbacoa genera molestias reiteradas y no se atienden los avisos de la comunidad, esta puede iniciar acciones legales. En algunos casos, también podría intervenir la autoridad municipal.

Hacer barbacoas en comunidad puede ser una actividad agradable y permitida, siempre que se haga con responsabilidad y respetando las normas. Para evitar conflictos, lo ideal es que la comunidad regule su uso, se mantenga una actitud cívica y se respeten las necesidades de todos los vecinos.

Si tienes dudas sobre cómo regular las barbacoas en tu comunidad, contacta con tu administrador de fincas. Estaremos encantados de ayudarte.

Regulación a través de los Estatutos

Si te molesta el uso de la barbacoa, lo que recomendamos es que se regule en los Estatutos de la comunidad para que todos los vecinos se sientan respetados. 

En definitiva, con el uso de las barbacoas se aceptan las posibles molestias (y los beneficios) de vivir en comunidad. Se apelan a los principios de razonabilidad y tolerancia.

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Regulación a través de ordenanzas municipales

Algunas ordenanzas pueden prohibir el uso de la barbacoa en terrazas por motivos de prevención de incendios. Aunque sí se admiten las barbacoas eléctricas o de gas.

La intervención de tu Administrador de Fincas Mediterráneo será crucial para asesorarte y evitar posibles conflictos con los vecinos.

Normativa de barbacoas en Madrid

Si resides en Madrid tienes que saber que existe una normativa específica para el uso de las barbacoas a raíz de la publicación de la Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid y publicada en el BOCM el 16 de abril de 2021. El artículo 33, aunque no regula de forma específica el uso de barbacoas, puede tomarse como referencia para el uso de estos elementos.

Cocinado o preparación de alimentos en el medio ambiente exterior susceptibles de producir emisiones molestas.

“Cuando estas actividades se realicen en edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal por pisos, se ubicarán al menos a 5 metros del punto más próximo de cualquier hueco receptor ajeno situado al mismo nivel o superior, con el fin de evitar molestias a los vecinos. En todo caso, deberá existir una distancia mínima de 3 metros entre el foco de fuego y cualquier elemento inflamable. La distancia se medirá en línea recta en ausencia de obstáculos y, en su presencia, mediante la suma de segmentos.”

A 5 metros

Por lo tanto, en la Comunidad de Madrid el uso de barbacoas requerirá que se realicen como mínimo a 5 metros desde cualquier ventana existente en la misma planta o en plantas superiores.

Para cumplir con esta distancia de 5 metros será prácticamente imposible cumplirlas en plantas intermedias, por lo que en las terrazas o balcones de dichas plantas no se podrán hacer barbacoas.

Por lo tanto, solo pueden utilizarse en 2 sitios:

Terrazas de los áticos

  • Una de ellas sería en las terrazas de los áticos, en donde al no tener ventanas por encima, tan solo se debe cumplir con las distancias a ventanas contiguas.

Patios de las plantas bajas

  • La otra zona sería en los patios de los bajos aunque en esta zona será más difícil poder mantener las distancias exigidas dado que habrá ventanas a los lados y por encima, por lo que no siempre se podrán poner barbacoas sin incumplir con la normativa vigente.

Como hemos explicado anteriormente, esta normativa solamente es aplicable en la Comunidad de Madrid.

Como ves, si quieres hacer una barbacoa en tu comunidad de vecinos y no tienes claro si está permitido o no, deberás consultar los Estatutos y las ordenanzas municipales.