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¿Es legal poner una llave en el ascensor de la comunidad?

En edificios con garaje, trasteros o accesos compartidos no es raro que surja el debate. ¿Puede la comunidad instalar una llave en el ascensor para limitar su uso? Aunque a simple vista parece una decisión lógica para reforzar la seguridad o evitar usos indebidos, lo cierto es que no todo vale. La legalidad, los derechos de los vecinos y la propia configuración del edificio deben de tener en cuenta con detalle. En este artículo te contamos cuándo es legal poner una llave en el ascensor, qué ventajas o problemas tiene y cómo tomar la mejor decisión.

¿Qué dice la ley sobre los ascensores en las comunidades de vecinos?

En una comunidad de propietarios el ascensor se considera un elemento común, es decir, pertenece a todos los vecinos y debe estar disponible para el uso general. Esto está recogido en el Artículo 396 del Código Civil, que explica qué partes del edificio son comunes (como el portal, la escalera o el ascensor) y que, por tanto, nadie puede apropiarse de ellos ni limitar su uso sin justificación legal o sin acuerdo de la comunidad.

Además, la Ley de Propiedad Horizontal, que regula el funcionamiento de las comunidades de propietarios, añade otro punto importante: en su artículo 10.1.b) indica que la instalación de un ascensor, donde no lo haya, o su modernización es una obra obligatoria si la pide un vecino con discapacidad o una persona mayor de setenta años, incluso si no hay acuerdo de la comunidad. ¿Por qué? Porque se trata de garantizar la accesibilidad y el derecho a una vida digna.

Esto significa que el ascensor no puede ser considerado un lujo o un extra, sino un servicio básico que debe estar disponible para todos.

Te recomendamos: Qué ocurre si un vecino se niega a pagar el ascensor

¿Qué dice la Ley de poner una llave en el ascensor?

Poner una llave en el ascensor para controlar quién puede usarlo no está prohibido, pero no se puede hacer de cualquier forma: cualquier medida que afecte al uso del ascensor debe aprobarse en Junta de Propietarios.

Lo más habitual es que para cuestiones menores se necesite una mayoría simple, pero si se considera que se trata de adoptar una decisión que puede limitar su uso, puede requerirse una mayoría cualificada de 3/5 partes de propietarios y cuotas.

Además, hay un punto clave: no se puede discriminar a nadie. Es decir, no se puede poner una llave para impedir que determinados vecinos usen el ascensor.

También es importante saber que la decisión no se puede tomar por cuenta propia: si un vecino pone una llave sin autorización de la comunidad estaría modificando un elemento común sin permiso, algo que la ley prohíbe.

¿Se puede privar del uso del ascensor a un vecino moroso?

El impago de cuotas no habilita a la comunidad para retirar servicios esenciales como el ascensor. La Ley prohíbe tomar medidas coercitivas que afecten derechos fundamentales.

El procedimiento correcto es reclamar judicialmente la deuda, pero no restringir el acceso a los elementos comunes. Esta práctica, además de ilegal, podría suponer para la comunidad una condena judicial por vulneración de derechos y obligarla a indemnizar al propietario afectado.

Te recomendamos: Normativa de ascensores. ¿Cómo afecta a tu comunidad de propietarios?

¿En qué casos puede ser necesario poner una llave en el ascensor?

Aunque no es lo habitual, hay situaciones concretas en las que puede tener sentido instalar una cerradura en el ascensor comunitario. Estos son algunos de los más comunes:

  • Ascensor exterior del edificio. Cuando el ascensor se sitúa fuera del recinto cerrado del edificio (por ejemplo en fachadas) y es fácilmente accesible desde la vía pública, puede ser necesario restringir su uso para evitar accesos no autorizados. En estos casos, la llave ayuda a garantizar la seguridad del inmueble y de los vecinos.
  • Acceso directo a garajes o trasteros. En muchos edificios, el ascensor conecta con zonas como el garaje o los trasteros. Estos espacios son objetivo frecuente de robos o actos vandálicos. Instalar una cerradura puede ser una medida disuasoria eficaz, sobre todo si el ascensor comunica directamente con la calle o tiene una entrada independiente.

Eso sí, a los vecinos con plaza de garaje o trastero no se les puede impedir el acceso. Lo recomendable es que todos los usuarios de esas zonas tengan copia de la llave o se utilicen sistemas electrónicos de control con permisos personalizados.

  • Acceso exclusivo al interior de viviendas o áticos. Algunas viviendas (como dúplex, áticos o plantas bajas con acceso directo) tienen una entrada privada desde el ascensor. En estos casos, el propietario suele instalar una llave para garantizar su privacidad, ya que el ascensor llega directamente a su propiedad privada.

Aquí es legal que el propietario limite ese acceso, siempre que no afecte al uso del ascensor por parte del resto de vecinos y que el mecanismo esté aprobado por la comunidad si afecta al sistema general.

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