¡Enhorabuena! Ya tienes la casa de tu vida. Ahora, has empezado con los trámites del préstamo y hay un aspecto que se te había pasado por alto, el maravilloso seguro de vida. Te asaltan muchas dudas, ¿es legal que me obliguen a contratar el seguro de vida con la hipoteca?, ¿es obligatorio? No te preocupes, esto le pasa a la mayor parte de la gente que está en tu misma situación. Con este artículo, en Mediterráneo, te contamos todo lo que debes saber sobre los seguros de vida hipotecarios.
Índice de contenidos
- 1 ¿Es obligatorio contratar el seguro de vida con la hipoteca?
- 2 En caso de contratarlo ¿Es obligatorio tener el seguro de vida con el banco?
- 3 Ventajas de contratar un seguro de vida
- 4 ¿Qué cubre un seguro de vida en hipoteca?
- 5 Tipos de seguro de vida vinculado a la hipoteca
- 6 ¿Quién asume la deuda si no tengo seguro de vida hipoteca?
- 7 Ya tengo contratado un seguro de vida con el banco, ¿puedo cancelarlo?
- 8 Cuidado con el seguro de vida hipotecario con una prima única
- 9 Cambiar de seguro a uno mejor
¿Es obligatorio contratar el seguro de vida con la hipoteca?
No, por ley no es obligatorio tener contratado un seguro de vida con la hipoteca, aunque sí es aconsejable. No obstante, en la práctica sucede es que las entidades lo exigen como requisito insalvable para concederte el préstamo o hacerlo de una manera más ventajosa. Aunque gracias a él obtengas una rebaja de los intereses, tendrás que calcular que lo que te estés ahorrando no lo termines pagando con una póliza más cara.
Te recomendamos: Compra tu piso por menos de 100.000 euros
En caso de contratarlo ¿Es obligatorio tener el seguro de vida con el banco?
No. El cliente tiene derecho a poder elegir con quién contratar su seguro, en ningún caso el banco puede forzarte a contratar ese seguro.
Aunque es cierto que muchas entidades bancarias si exigen un seguro de vida al hora de solicitar una hipoteca como condición para otorgar el préstamo o poder beneficiarse de algunas ventajas.
Al bajar los tipos de interés, los bancos buscaron aumentar sus beneficios con varios productos “añadidos” a las hipotecas: planes de pensiones, seguros de hogar y seguro de vida vinculado a la hipoteca. Todos ellos debían contratarse con la propia entidad financiera.
El seguro de vida en hipoteca obligatorio ha sido una práctica muy habitual. Los bancos condicionan la concesión del préstamo a su contratación. Sus condiciones solían ser bastante menos ventajosas que las proporcionadas por aseguradoras ajenas a la entidad bancaria.
El cliente se encontraba así en un callejón sin salida: si quería recibir el préstamo hipotecario tenía que aceptar el seguro de vida en hipoteca obligatorio, con las condiciones abusivas impuestas por el banco.
Pero la nueva Ley Hipotecaria (LCI 5/2019) pone fin al seguro de vida en hipoteca obligatorio, prohibiéndolo expresamente. Con el propósito de hacer más transparente y justa la concesión de hipotecas.
Ventajas de contratar un seguro de vida
Aunque no es obligatorio, si es muy aconsejable tener un seguro de vida. Las principales ventajas son que en caso de invalidez o el titular del préstamo falleciera, un seguro de vida protegería a tu familia aportandoles una estabilidad económica, además de ventajas para que se amortice el préstamo. Si se diera cualquiera de estos dos supuestos, la compañía aseguradora sería la encargada de abonar a tu entidad bancaria la cuantía que faltase, desde el momento de la muerte o accidente y hasta completar la cantidad pendiente.
¿Qué cubre un seguro de vida en hipoteca?
El objeto de un seguro de vida vinculado a la hipoteca es saldar la deuda hipotecaria en caso de incapacidad total o fallecimiento del titular del préstamo.
- De no tener contratado un seguro de vida vinculado a la hipoteca, la deuda hipotecaria no se extinguiría con la muerte o incapacidad del titular, sino que pasaría a sus herederos.
- Si se cuenta con un seguro de vida hipotecario, en caso de muerte o incapacidad del titular, la aseguradora indemnizará al banco por la cantidad que quedase pendiente de pago.
Debemos diferenciar el seguro de vida vinculado a hipoteca del el seguro de vida convencional. El riesgo asegurado es el mismo (muerte), pero no el beneficiario (ya que en el seguro de vida hipotecario es el banco).
Tipos de seguro de vida vinculado a la hipoteca
- Seguro de vida hipotecario con capital asegurado constante: la cantidad asegurada permanece invariable con el paso del tiempo. En el caso de que en el momento del pago por la aseguradora, hubiera dinero sobrante, este sería destinado al beneficiario designado.
- Seguro de vida hipotecario con capital decreciente: la cantidad asegurada va ajustándose al capital pendiente de amortizar, según el tipo de interés existente. Está modalidad resulta más beneficiosa para el contratante.
¿Quién asume la deuda si no tengo seguro de vida hipoteca?
En caso de no haber contratado un seguro de vida cuando firmaste el préstamo y alguna desgracia ocurriese, ¿quién se haría cargo de esta deuda? La deuda la asumirán tus herederos. Esta situación es un perjuicio tanto para los intereses del banco como para los posibles herederos de la misma, que habitualmente son los hijos.
Ya tengo contratado un seguro de vida con el banco, ¿puedo cancelarlo?
Sí. Si tienes tu seguro con el banco siempre puedes cancelarlo. Según la Ley de contratación del seguro, tienes el derecho de dar marcha atrás en todo seguro de vida de duración superior a seis meses. Eso sí, respetando el plazo para ello, que establece la misma Ley:
“El tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional”.
Por tanto, el cliente tiene derecho a que se le devuelva la prima que haya pagado, excepto la parte que corresponda al periodo de tiempo de vigencia del contrato del seguro.
En conclusión, puedes cancelarlo en estos dos escenarios:
- Antes de que pasen 30 días desde su activación.
- Un mes o dos antes de la renovación automática de los seguros (que suele ser anual).
Cuidado con el seguro de vida hipotecario con una prima única
Para evitar que los clientes den de baja los seguros de vida con el banco, incluyen el costo del mismo dentro del préstamo hipotecario en una prima única. Es decir, juntan todas las mensualidades en un solo pago. Si este es tu caso no podrías cambiar de compañía porque ya lo habrás abonado todo.
¿El remedio? Una buena hipoteca y un seguro de vida independiente
Te recomendamos: Coberturas de un seguro de vida.
Cambiar de seguro a uno mejor
Según recomienda la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU):
- Tener un precio máximo que debes conocer de antemano
- Que te de garantías en caso de necesitarlo
- Permitirte ajustar el capital asegurado, ya que a medida que pase el tiempo, irás amortizando el préstamo y podrías ahorrar en el seguro o al menos contrarrestar las subidas de prima que conlleva cumplir años.
¡Atent@s a la renovación de tu seguro!
Comunica lo antes posible a tu entidad financiera, tu deseo de cambiar de compañía para que lo tengan en cuenta y evitar que tu contrato se renueve automáticamente.
Contrata el mejor seguro
Una vez comuniques al banco que quieres darte de baja porque tienes tu nuevo seguro, deberás entregar al banco un certificado que comunique la vigencia de que el nuevo seguro cubre la vivienda hipotecada. Después de que el banco acepte y valide este certificado se cancelará tu seguro anterior.
A la hora de elegir un seguro de vida, lo mejor es valorar otras ofertas y servicios. En SECURME, la correduría de confianza de Mediterráneo, te asesorarán sobre le mejor seguro de vida para tu caso.
¿Quieres el mejor seguro de vida para ti? Consulta con SECURME, tu Correduría de seguros de confianza.