Es una práctica a la que se recurre a veces. El buzoneo es también una fórmula de comunicación en las comunidades de propietarios, que llegan a utilizarlo incluso para convocar Juntas. Con ello se evitan costos de correo y se gana tiempo si la reunión es urgente, si bien hay que cuidar ciertos aspectos para que sea considerado válido y de acuerdo a la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Te lo contamos.
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El buzoneo, forma de notificación legal y eficaz
Dejar la convocatoria de una Junta en el buzón del propietario no infringe la legalidad, aunque no exista una mención concreta a esta modalidad en la LPH. En realidad, este texto legal establece que las notificaciones y citaciones de la comunidad deben realizarse en el domicilio en España que haya proporcionado el propietario o, en defecto de esta comunicación, en el de su propiedad en la finca, pero no concreta una modalidad de envío.
El buzoneo no vulnera pues esta disposición, pero siempre y cuando se practique respetando la normativa; es decir, que solo podrá aplicarse, cuando se usa, a quienes tengan establecidas sus comunicaciones en su domicilio de la finca, exigiéndose que al resto se les remita a su domicilio externo.
El magistrado del Tribunal Supremo Vicente Magro Servet dice que “la doctrina y jurisprudencia vienen considerando válida la entrega de la citación o convocatoria en el buzón del domicilio que se haya comunicado o del que conste”. No obstante, añade que “será inválido si no se puede acreditar que efectivamente se realizó”.
Qué condiciones deben cumplirse
La clave, para emezar, está en que la citación se haya depositado efectivamente en el lugar correcto. Pero Vicente Magro señala además que “no se exige fehaciencia, pero sí entrega”. En su Guía práctica para juristas, vecinos y presidentes de comunidades de propietarios (La Ley, 2022) propone algunas formas que pueden acreditar que se ha depositado una convocatoria en los buzones.
En el caso de que sea el conserje quien realice el buzoneo, podría ser estimada su prueba testifical; pero, por otro lado, también informa de que la doctrina jurisprudencial está admitiendo este sistema “entendiéndose que si la mayoría de comuneros recibieron la convocatoria (podría proponerse testifical de algunos vecinos que la recibieron en su buzón) no tiene sentido que, precisamente, a uno de los comuneros no se le entregara”.
En la práctica, todo esto significa que el buzoneo es válido cuando se realiza de forma organizada y con trazabilidad suficiente, como parte de un procedimiento.
Recomendaciones para los propietarios
Para que el proceso de comunicación funcione correctamente es importante que los propietarios mantengan actualizados sus datos de contacto. Por ello son convenientes estas recomendaciones:
- Comunicar expresamente un domicilio distinto en España, si no se desea recibir las comunicaciones en la finca.
- Revisar regularmente el buzón físico.
Estas medidas ayudan a que la notificación pueda ser considerada como bien realizada y a evitar posibles incidencias.
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